DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JOSE MIGUEL MORILLO ROJAS, titular de la cedula de identidad No 18.744.322 Venezolano, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 11-05-84, de 25 años de edad, hijo de Julio Morillo y Marlene Rojas, residenciado en el sector La Pastora, calle 96C-No 96-17, al fondo del Liceo Agustín Aveledo Tovar, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, la Medida alternativa de cumplimiento de pena de SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, todo de conformidad con el Artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 479 Ejusdem, imponiendo un lapso de Régimen de Prueba, de TRES (03) AÑOS, a partir de la presente fecha, hasta el día 02-02-2013, así como las obligaciones indicadas en la presente Resolución, en consec.....