Por los fundamento de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE LIBERTAD CONDICIONAL al penado IVALDO BENITO CONTRERAS LA CRUZ, titular de la cédula de Identidad N° V-11.608.700, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo ¿ Estado Zulia, soltero, de oficio perito ajustador, hijo de Ivaldo Contreras y de Reveca de La Cruz, residenciado en Altos de Jalisco, Calle Los Caobos, Casa N°. 4E-76, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, todo conformidad con lo establecido en los artículos 64, 479, 500, todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 61 de la Ley de Régimen Penitenciar.....