Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL, a favor del penado GREGORY JOSE CASTRO ALFARO, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, de 20 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, Titular de la cedula de identidad N° V-17.669.377 y residenciado en el Barrio Raúl Leoni, calle 74-A, casa N° 97-95, Av. Maracaibo del Estado Zulia. Faltándole por cumplir la Pena accesoria de la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad Civil, por Una Quinta (1/5) parte de la condena, es decir OCHO (08) MESES, la cual la cumplirá el día: 28-04-2007, con presentaciones CADA 30 DÍAS por ante la Intendencia de Seguridad más cercana a su residencia, todo de conformidad con lo d.....