Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA CONCESIÓN DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO, a favor del penado MARCIAL ANTONIO HERNANDEZ, Venezolano, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, de 20 años de edad, soltero, obrero, Indocumentado, hijo de los ciudadanos Tulio Álvarez Perdomo y Carmen Ramona Zambrano y residenciado en Q-44, Sector la Zona de Tolerancia, calle 53, casa s/n, cerca de la Carnicería Prime Cool, Ciudad Ojeda Estado Zulia, por cumplir con los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y Artículos 2, 7 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario......