DISPOSITIVA
Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA por cumplimiento de la misma a favor del penado AREALDO ENRIQUE URDANETA TABORDA, venezolano, natural de Maracaibo ¿ Estado Zulia, de 37 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N°. 7.976.866, hijo de José Trinidad Urdaneta y de Nancy Josefina Taborda y residenciado en la Urbanización San Jacinto, Sector 9, Transversal 9, Vereda 7, Casa N°. 01, de esta Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, y se acuerda pasar en AUTORIDAD DE COSA JUZGADA LA PRESENTE CAUSA, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 105 del Código Penal, en concordancia 64 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal y Artículo 44, Numeral 5 de.....