Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD POR CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL DE SEIS (06) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, a JESUS ANTONIO ALBRONOZ VÌLCHEZ, de fecha de nacimiento 20-07-1950, de 49 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.779.078, hijo de Maria Doris Vivas y Jesús Antonio Albornoz Pérez y residenciado en el Barrio Villa Centenario de Luz, Calle 89B casa No 65-33, Maracaibo, Estado Zulia, faltándole por cumplir la Pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por una Quinta parte de la condena, es decir UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES, que la terminará de cumplir el día 05-12-2005, por ante la Intendencia de Seguridad de la Parroquia R.....