DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDER LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO AL PENADO: HARRY ALEXANDER JIMENEZ RITO, de Nacionalidad Venezolana, de 25 años de edad, Soltero, Obrero, titular de la cédula de identidad N° E-NO PORTA, hijo de Adi Jiménez, y residenciado en La Avenida El Milagro, Sector Servimar, diagonal a la Gransonera Puntita de Piedra, casa s/n, Maracaibo, Estado Zulia, y a partir de la presente fecha esta obligado a residir en la siguiente dirección: BARRIO JOSE GREGORIO HERNANDEZ, CALLE 4, SEGUNDA ETAPA, POSTE 03FF041, Casa S/N, PARROQUIA ALBARICO MUNICIPIO SAN FELIPE, ESTADO YARACUY, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 64 y 479 ambos del Có.....