DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA la LIBERTAD CONDICIONAL, de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal; al Penado: ELIZABETH CHIQUINQUIRA ISEAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.609.669. En tal sentido, se ordena oficiar a la Dirección del Centro de Tratamiento Comunitario Femenino "Lic. Alexandra Elia Molina", a los fines de que gire las instrucciones pertinentes en cuanto a la ejecución del beneficio aquí otorgado; NOTIFICANDO al PENADO de lo resuelto por el tribunal, y a los DELEGADOS DE PRUEBA asignados. Notifíquense a la ciudadana Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público y al Defensor de autos. Ofíciese al Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Regístrese la presente de.....