DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LIBERTAD PLENA POR PENA CUMPLIDA Y LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo establecido en el Artículo 105 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 112 Ejusdem a favor del penado JUAN JOSE FEREIRA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 26-10-1974, titular de la Cédula de Identidad N° 12.591.779, residenciado en Barrio San Pedro, Calle 108, Casa N° 50-120, Maracaibo Estado Zulia, por el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL.