DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR al residente YORGI RAMON TERAN de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, fecha de nacimiento 14-09-1973, titular de la Cédula de Identidad N° 12.697.206, hijo de Maria Teran y Enrique Soto, Residenciado en AV. Los Haticos por Abajo, Calle 107, Casa N° 104-04 detrás del Terminal de Pasajeros de Maracaibo. (Maracaibo Estado Zulia), el PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL; quedando bajo la supervisión del Centro de Tratamiento Comunitario "INSP. RAFAEL ANTONIO OCHOA CASTRO", con presentaciones cada quince (15) días ante su delegado de prueba y cada vez que lo requiera, así como las presentaciones mensuales ante este Tribunal y con el cumplimiento de todas las demás condiciones inherentes al BENEFICIO DE DEST.....