Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CONCEDER LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al penado: JUAN MANUEL MOSQUERA TOLOSA, titular de la cédula de identidad N° E-73.591.163, de nacionalidad Colombiana, Natural de Río Hacha, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 08-06-79, de estado civil Soltero, hijo de Ibeth Tolosa y de Juan Mosquera, de profesión u ocupación Obrero, y a partir de la presente fecha esta obligado a residir en la siguiente dirección: BARRIO MARIA DOLORES TRILLA, TIERRA NEGRA, CASA S/N, LA VILLA DEL ROSARIO DE PERIJA DEL ESTADO ZULIA, y quien deberá presentarse por ante la Intendencia más cercana al domicilio cada TREINTA (30) días, faltándole por cumplir la sujeción a la vigilanc.....