Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA POR IMPROCEDENTE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO que opta el penado VALENCIA INCIARTE ERBIN DE JESUS, titular de la C.I. No. 12.211.806, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 33 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, hijo de ADELSO VALENCIA y LUZMILA INCIARTE, residenciado en el Barrio Las Mercedes, kilómetro 14, vía la Concepción, por cuanto no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 65° de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente resolución. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público y al Director de la Cárcel Nacional de Maracaibo, notificando de esta resolución. -
EL JUEZ DE EJECUCION
ABOG. MATILDE FRANCO. .....