Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado RAMON ANTONIO MEDINA AREVALO, de Nacionalidad Venezolana, natural de Punto Fijo, Fecha de Nacimiento 10-09-52, Estado Civil Casado, de 54 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.683.337, hijo de Ramón Medina y Francisca Arévalo, Ingeniero, residenciado en el edificio Le Blond, avenida 11, con calle 73, apartamento 10A, a una cuadra de Pollos Arturo, del Municipio Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado duodécimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, conforme al procedimiento de admisión de los Hechos, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, por la comisión del delito de LUCRO POR ENT.....