Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado JOSE ANGEL PEREZ, titular de la cedula de identidad No. 14.134.645, Venezolano, natural de Maracaibo, de 28 años de edad, de profesión u oficio Empacador, soltero, hijo de Magdalena Pérez y de Ángel Sánchez, residenciado en el Barrio Sector Los Haticos por arriba, Barrio San Juan, avenida 19, casa N° 113A-03, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de Ley, por los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio .....