Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: REVOCAR la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO al Penado, GILBERTO ANTONIO CAMARGO LABARCA , de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fecha de nacimiento 08-10-1990, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V-23.456.523 , de Estado Civil soltero, hijo de HEBERTO CAMARGO Y JANETH LABARCA, residenciado en el sector Belloso, calle 88 con av. 14,casa N| 88ª-13, diagonal al abasto 24 de julio Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fue Condenado bajo Sentencia N° 025-09, de fecha 06-08-2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 511 del Código Orgánico Procesa.....