El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, constituido como Tribunal Unipersonal, declara CULPABLE, y en consecuencia, CONDENA al acusado ANTONIO JOSE BARRIOS MORLES, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 52 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V.- 4.706.832, Militar, Fecha de nacimiento 24-11-1.951, residenciado en la Carretera Oriental, Vía El Lucero, Callejón San Francisco casa N° 56. Municipio Cabimas del Estado Zulia, a la pena de OCHO (08) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el Artículo 407 del Código Penal vigente para el momento que ocurrieron los hechos, en concordancia con el Artículo 408, Ordinal 1° y Artícul.....