Acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO al ciudadano DEIVIS Hebert CASTILLO GONZÁLEZ, identificado plenamente con anterioridad, por el lapso de UN AÑO, contado a partir de la fecha cierta de esta decisión , conforme lo establece el articulo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, sujetándolo a las condiciones establecidas en los numerales 1,2,8 y 9 , del articulo 44 Ejusdem