CULPABLE y CONDENA al ciudadano FRANCISCO JAVIER URDANETA LABARCA,por la comisión del tipo penal de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del código penal, en CONTRA DEL ORDEN PUBLICO; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION. De igual manera se le condena a las accesorias de Ley conforme al artículo 16 del Código Penal.Se declara NO CULPABLE y se ABSUELVE al ciudadano FRANCISCO JAVIER URDANETA LABARCA, titular de la cédula de Identidad nro 12.590.812, de la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 07 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Autores, y 405 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 y 82 ejusdem en perjuicio del ciudadano LEONARDO BENITO URRIBARRI.