DISPOSITIVA:
Por lo que, en merito a los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CULPABLE al ciudadano NISMEIRO GONZALO GONZALEZ G, quien es venezolano, soltero, portador de la Cédula de Identidad No. 17.833.862, de 26 años de edad, fecha de nacimiento 25 de Julio de 1987, ocupación u oficio Funcionario Policial, residenciado en el sector La Pastora calle 96B, casa No.45-20 al fondo de la Ferretería la Pastora en Jurisdicción de la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la comisión de los Delitos de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 6º de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 277 del Código Pen.....