Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL EXAMEN Y SUSTITUCIÒN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de las establecidas en el artìculo 256 del Código Orgánico Procesal Penal; y en consecuencia, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a favor del acusado ABRAHAN DE JESÙS MENA TORRES, identificado en actas, por la presunta comisiòn de los delitos de HOMICIDIO CULPOSO y LESIONES CULPOSAS, previstos y sancionados en los artículos 411 y 416, en concordancia con el artìculo 422.2º, todos del Còdigo Penal, en perjuicio de los ciudadanos ANGEL ENRIQUE MEDINA y MAURICIO PULGAR PARRA, por lo que a partir de la presente fecha se le imponen al acusado ABRAHAN MENA las obligaciones siguientes: 1. Presentaciones a partir de la pr.....