Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Maracaibo, constituido en forma Mixta, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al acusado MENALDO GONZALEZ SIMANCA, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, indocumentado, hijo de Menaldo Simanca y Angélica González, profesión u oficio: vendedor, de 29 años de edad, fecha de nacimiento: 04/09/1979, residenciado: Barrio Zulia, calle 102A, casa No. 79L-92, a dos cuadras del abasto La Frontera Maracaibo Estado Zulia, por ser INCULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, de conformidad con el artículo 458 del Código Penal, cometidos en perjuicio de LEXIDA JOSEFINA PIRELA PERICH.
Y ASI SE DECLARA y DECIDE
Publíquese, notifíquese, y regístrese la presente sentencia. Dada, firmada y sellada en este Juzgado Noveno de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Maracaibo a los catorce (1.....