Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud de la Defensa, con la cual estuvo de acuerdo el Ministerio Público y ACUERDA: PRIMERO: SE DECRETA LA LIBERTAD PLENA Y SIN RESTRICIONES al ciudadano ELY YHOAN ARAUJO PIRELA, titular de la cédula de identidad No. V.- 16.919.351, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 24-08-1979, de 37 años de edad, estado civil soltero, hijo de Magali pirela y Merquiades Araujo, residenciado en: Barrio Bolivar calle arismedi casa 16, parroquia german linares, del municipio de Cabimas, Estado Zulia. SEGUNDO: Se ACUERDA oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales Y Criminalisticas delegación Maracaibo (SIIPOL) para que procedan a excluir de la pantalla al ciudadano JOSE ANTONIO OCANDO FERNANDEZ, Venezolano, titular de la Cédula de .....