Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la república de Venezuela y por autoridad de la ley, declarar SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el ABOG. MILAGROS MORALES GONZALEZ, Defensor publico 17 penal, sobre el cese de la medida cautelar de libertad impuesta contra el acusado HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el ordinal 1° del articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de WILMER RAFAEL RUIZ ORTEGA, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el ordinal 1° del articulo 406 del Código Penal, cometido en perjuicio de WILMER RAFAEL RUIZ ORTEGA, y en consecuencia se mantienen las medidas cautelares Sustitutivas impuestas, estimando esta Juzgadora que la medida impuesta es proporcional atendiendo a las circunstancias del hecho y el caso particular, a la magnitud de .....