SIN LUGAR la solicitud presentada por el Abg. DOMINGO CURIEL, en su condición de defensor privado del acusado JEAN CARLOS DAVILA ALVARADO, a quien se le sigue causa por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1ero del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de CARLOS JOSE MARTINEZ CONTRERAS; mediante la cual solicita se deje sin efecto la medida judicial privativa de libertad que pesa sobre su representado, y se otorgue una medida cautelar sustitutiva menos gravosa de las contempladas en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 230 ejusdem; manteniéndose la medida de privación judicial privativa preventiva de libertad que pesa en su contra e impuestas en fechas 11/02/12, por el Juzgado de Control de este Circuito y Sede.