NO RESPONSABE y ABSUELVE a los ciudadanos ALEJANDRO JOSÉ MAVÁREZ PLAZA, NELSON ENRIQUE DELGADO SALAZAR, y ALEXANDER JULIO PÉREZ HERNÁNDEZ, de la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en CONTRA DEL ORDEN PUBLICO; por lo que se ordena desde esta sala de audiencias el cese de toda medida de coerción personal que pese en su contra, de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del decreto con rango, valor y fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal.