Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en funciones de Juicio No. 07 constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara Culpable a los acusados Carlos Eduardo Cabana, quien dijo ser colombiano, Natural del Departamento Cesar, fecha de nacimiento 18-09-79, soltero, de 25 años de edad, Mesero, sin documentación personal, hijo de Carlos Darío Cabana y Ana Tarifa, residenciado en el Barrio Noriega Trigo, Cruzando por el Colegio Felicita Espinoza, casa de color rosado, cerca de liceo. Y Alberto Torres Arrieta, quien dijo ser colombiano, fecha de nacimiento 08-05-1972, soltero, de 32 años de edad, titular de la cédula de Identidad E-83.229.786, hijo de Isidro Torres y Pastora Arrieta, residenciado en el Barrio Noriega Trigo, a una cuadra del Colegio Felicita Espinaza, diagonal a la tienda Divino Niño, casa de color rosado, cerca de lienz.....