Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO SEXTO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decide lo siguiente: Visto que durante la realización de la Audiencia del Juicio Oral y Público, la víctima, ciudadana SANDRA NOLA GONZÁLEZ GONZÁLEZ, decidió libre y voluntariamente, sin presión alguna, perdonar al ciudadano acusado, JORGE SEGUNDO PARRA CHOURIO, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículos 374, numerales 1 y 3 del Código Penal vigente, desistiendo y renunciando expresamente a la acción penal que le corresponde por dicho delito, cometido supuestamente en su perjuicio, renuncia y desistimiento éste al cual tiene pleno derecho la víctima, en razón de que éste es un delito de instancia privada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 24, 25, 26 y 27 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 379 del Códi.....