PRIMERO: Declarar extinguida la acción Penal incoada por la Fiscal Tercera del Ministerio Público en contra del ciudadano ZONER GREGORIO URDANETA LÓPEZ, por los hechos ocurridos el día 27 de enero del año 2007, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Decreta el sobreseimiento del presente asunto seguido contra del ciudadano ZONER GREGORIO URDANETA LÓPEZ, quien es Venezolano, natural de Maracaibo, de profesión u oficio, Estudiante, titular de la titular de la Cédula de Identidad Nº 16.848.209, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 15/03/1984, de estado civil Soltero, Hijo de ZORAIDA LÓPEZ y NERVO URDANETA, residenciado en: la avenida la Pomona, Calle 108, Altamira Sur, Casa N° 19 A-30, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, cometido en perjuicio de la adolescente ESLIMAR CAROLINA VARGAS.....