se Decreta la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, al acusado OSMAR ANTONIO GONZÁLEZ QUINTERO, Venezolano, natural de Cabimas, de profesión u oficio, publicista, titular de la Cédula de Identidad No. 4.757.583, de 51 años de edad, de estado civil Divorciado, Hijo de HERCIDA DE GONZÁLEZ (d) y de DANIEL GONZÁLEZ, residenciado en: la Urbanización Altos del Sol Amado, vía el Aeropuerto, Segunda Etapa, Villa "C", casa 256, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y le fija un Régimen de Prueba de UN (01) AÑO y las condiciones antes indicadas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 42, 43 , 44 45 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal