Por todo lo antes expuesto este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Interrumpido el Juicio Oral iniciado el día 04 de Junio de 2014, contra del acusado WILMER GONZÀLEZ LEÒN, titular de la cédula de identidad N° V-10.916.977, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal Venezolano, en perjuicio de quien en vida respondiere al nombre de EUDO JOSÈ QUEVEDO VERA. SEGUNDO: Se ordena iniciar de nuevo el debate oral y público, fijándose para el día ONCE (11) DE AGOSTO DE 2014, A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 a.m.). Y ASI SE DECIDE. Se deja constancia que la presente decisión quedo registrada en el Libro de Decisiones Interlocutorias bajo el N° 057-14.