Por los fundamentos antes expuestos, éste JUZGADO QUINTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la Solicitud de Revisión de Medida interpuesta por el ABOGADO DEFENSOR PUBLICO EDUARDO PARRA, referida al acusado EDUARD ANTONIO PIRELA NAVARRO, plenamente identificado en autos, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de SECUESTRO AGRAVADO Y SIMULACION DE SECUESTRO, previstos y sancionados en los artículos 3, 10 ordinal 8º, 4 y 11 respectivamente de la Ley Contra la Extorsión y Secuestro, cometido en perjuicio de la ciudadana YASNELLY ALEJANDRA RIERA MONTIEL, y se acuerda MANTENER la medida de privación de libertad sobre el acusado de autos Todo según artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECIDE.- Regístrese la presente decisión y notifíquese.