DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara: NO RESPONSABLE PENALMENTE a la ciudadana: NIDIA BEATRIZ GUTIÉRREZ PÉREZ, portadora de la cédula de identidad Nro. V-5.057.429, fecha de nacimiento 28-06-58,de profesión u oficio Técnico Superior en ciencias agropecuarias, titular de la cédula de identidad 5.057.429, hija de Carmen Delia Pérez de Gutiérrez y Rafael Segundo Gutiérrez Urdaneta, residenciada en la Cañada de Urdaneta, Parroquia Concepción, Av. 3, corredor vial Juan Ramón Velásquez, casa N° 23-45, del estado Zulia, teléfono 0414-6127631,como autora en la comisión del delito de de CONCIERTO DE FUNCIONARIOS CON CONTRATISTA, previsto y sancionado en el Artículo 70 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SE.....