Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO POR UNANIMIDAD , administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara "CULPABLE" a la Ciudadana NIURKA JOSEFINA FERRER MORALES, venezolana, lugar de nacimiento: Maracaibo - Estado Zulia, nacida el día 13-03-71, edad: 36 años, estado civil: soltera, profesión comerciante, portadora de la Cédula de Identidad N° V-11.291.114, residenciada en el Barrio El Libertador, Calle 79H, Casa N° 95-52, cerca del Abasto "Amor de Madre", Maracaibo ¿ Estado Zulia, Teléfono: 0414-6031117, y Se condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION , más las accesorias de ley establecidas en el Artículo 16 del Código Penal por la comisión del Delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, cometi.....