Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley , DECLARA DE OFICIO EL DESISTIMIENTO de la presente acusación Privada incoada por el ciudadano DOMINGO ZENON, Venezolano, de 31 años de edad, portador de la Cedula de Identidad N° 13.830.864, en contra de la ciudadana JANETH CHIQUINQUIRÁ HERNÁNDEZ, Venezolana, de 38 años de edad, portadora de la Cedula de Identidad N° 9.767.084 por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto Y sancionado en el articulo 420 del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 416 Tercer aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase.