Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO, POR UNANIMIDAD administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara al acusado LUIS ANTONIO CHACIN MOLERO, venezolano, natural de Maracaibo, mayor de edad, , nacido el 14/01/83, residenciado en la vía los bucares , Barrio San Rafael , al lado de la Carnicería el Puerquito y al lado de Mercal Sector Veritas, Calle 82, avenida 9, casa Nº 9-33, de esta ciudad y Municipio Maracaibo Estado Zulia, quien actualmente se encuentra recluido en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas el Marite, INCULPABLE por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo, cometido en perjuicio del ciudadano MARCOS VINICIO FE.....