Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO , POR UNANIMIDAD , administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: : Declara por Unanimidad al Acusado OROSIMBO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro., 6.769.441 residenciado en el sector los Guayabos, vía Carrasquero cerca del colegio Tamare Estado Zulia quien se encuentra privado de libertad, CULPABLE por la comisión del delito de VIOLACIÓN AGRAVADA CONTINUADA previsto y sancionado en el Artículo 374 Y 375 en concordancia con el artículo 99 del código Penal, cometido en perjuicio de SOLMARY JACKELIN GONZALEZ, y en consecuencia se CONDENA a cumplir una pena de ONCE AÑOS (11) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, más las accesorias de ley. Se acuerda su ingreso Inmediato a .....