DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud interpuesto por los ciudadanos OMAR PARRA BASTIDAS, venezolano, mayor edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.925.747, domiciliado en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, y de transito por esta ciudad, de Maracaibo del Estado Zulia, y el Ciudadano EDGAR HUERTA, Venezolano, mayor de edad, medico, titular de la Cédula de identidad, 1.691.055, y de este domicilio debidamente asistido en la referida solicitud por el abogado en ejercicio ARISTIDES CUBILLAN..
Publíquese, Notifíquese y Regístrese.
LA JUEZA TERCERA DE JUICIO
DRA. NOLA GOMEZ RAMIREZ