este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CULPABLE al acusado: ADRIANO ANTONIO PERDOMO LEAL quien es venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 45 años de edad, con fecha de nacimiento 26-09-1959, titular de la cédula de identidad N° V-7.764.128, soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Adriano Antonio Perdomo y Lesbia Villalobos, residenciado en el barrio Corazón de Jesús, calle 24, casa Nº 6ª-34, en esta ciudad de Maracaibo, y quien actualmente se encuentra privado de libertad, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de SIETE (7) AÑOS DE PRESIDIO, por haberse comprobado la acusación presentada en su contra por la Fiscalia del Ministerio Publico, como AUTOR DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460º del Código Penal y a las accesorias de Ley, delit.....