Primero: Se condena por el procedimiento de admisión de los hechos, al acusado, ENYELBERT ALONSO MORENO, titular de la cédula de identidad V-24.717.282, de fecha de nacimiento 11/10/1995, hijo de Isabel Moreno y Urbi Alonso, residenciado en la parroquia Cristo de Aranza, Sector Haticos, avenida 17, casa de color amarillo, ubicada cera de la casa 121-09, municipio Maracaibo del estado Zulia, teléfono: 0416-22.65.579, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, a cumplir la pena de seis (06) años y ocho (08) meses de prisión, conforme a lo establecido en los artículo 16 y 37 del Código Penal, mas las penas accesorias, en concordancia a lo establecido el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal.