este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara CULPABLE al acusado: DAVID COLINA JIMENEZ, quien es venezolano, natural de Maracaibo, de 20 años de edad, con fecha de nacimiento 10-12-1984, identificado con la cédula de identidad N° 17.181.694, soltero, de oficio carpintero, hijo de Pepe Colina y Denny Jiménez, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRESIDIO, por haberse comprobado la acusación presentada en su contra por la Fiscalia del Ministerio Publico, como COAUTOR del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460° del Código Penal y a las accesorias de Ley delito cometido en perjuicio del ciudadano Franklin José Pirela Duran; pena que terminara de cumplir provisionalmente en fecha 11 de mayo de 2011, en el establecimiento penitenciario que determine el Juez en función de Ejecución .....