este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara el ABANDONO de la Acusación Privada instaurada por el ciudadano Abogado FREDDY FERRER MEDINA, actuando en nombre y representación del ciudadano PEDRO LUIS TANG URDANETA, en contra del ciudadano PABLO APONTE SALAZAR, por la presunta comisión del Delito de Difamación, previsto y sancionado en el articulo 444º, del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio del ciudadano PEDRO LUIS TANG URDANETA, todo de conformidad con lo previsto en el Segundo Aparte del Articulo 416º del Código Orgánico Procesal Penal.-