Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el abogado HUGO LA ROSA, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Séptimo en comisión con la Fiscalia Sexta del Ministerio Público Circuito Penal del Estado Zulia, mediante el cual solicita la revocatoria de la medida cautelar sustitutiva decretada en contra del acusado HERMOCRATES DE JESUS BOSCAN SARCOS, y en consecuencia Mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, decretada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto se evidencia de las actas que conforman la presente que la Fiscal Sexta.....