En consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en funciones de juicio, constituido en forma unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CULPABLE a los Acusados JHONNY ENRIQUE PINEDA PARRA, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 21-09-84, de 24 años de edad, de profesión u oficio Mesonero, cedula de identidad Nº V. 15.946.402, hijo de JHONY PINEDA y ELIDA PARRA, residenciado en el Barrio Cañada Onda, avenida 40, calle Gil, casa N° 9070, de esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia y, JHONATHAN JESUS PINEDA PARRA, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de 22 años de edad, cedula de identidad N° 15.946.402, de estado civil concubino, hijo de JHONY PINEDA y ELIDA PARRA, residenciado en el Barrio Cañada Onda, avenida 40, calle Gil, casa N° 9070, de esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, por la comisión.....