DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Juicio constituido de manera Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CULPABLE al ciudadano, JOSÉ RUFINO ZAMBRANO, venezolano, natural del Municipio Lagunillas, Distrito Bolívar, Estado Zulia, fecha de nacimiento 15-05-40, de 67 años de edad, titular de la cedula de identidad No. 2.715.720, de profesión u oficio Plomero, electricista, hijo de Pedro Rodríguez (D) y Isabel Josefa Zambrano (D) y residenciado en Valencia, Municipio Tocuyita, urbanización Ciudad de la Alegría, Avenida Ernesto Bigot, cruce con Rómulo Betancourt, casa No. 25 a la orilla de la autopista, por la comisión del delito TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS QUÍMICAS CONTROLADAS, previsto y sancionado en el Articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y .....