Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declina la competencia para conocer del presente asunto seguido al ciudadano JEAN CARLOS CARMONA, por el delito de amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, por ante el Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, por ser el competente para conocer del mismo en razón de la materia, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49, numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 69 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 77 eiusdem y concatenado con los artículos 117 y 118 de la Le.....