Como quiera que no conste en la documentación que acompaña escrito de querella, poder que revista su condición de accionante en representación de la supuesta victima Sociedad Mercantil "COMERCIAL PIRELA C.A., que aflore representación legal del querellante, considera esta juzgadora que lo pertinente y ajustado a derecho es negar admisión de escrito de querella, por falta de cualidad en el supuesto representante legal para accionar en la misma, por omisión de documento poder. Se ordena librar correspondiente boleta de notificación al ciudadano Abogado en ejercicio, Manuel Rivas Mora. Así Se decide. Ofíciese. Cúmplase.
La Juez Tercero de Control (S)
Abg. Marvelys Elisa Soto González
La Secretaria,
Abg. Mary Luisa Vargas Morán
En esta misma fecha y conforme a lo ordenado se libró boleta de notificación bajo oficio.....