POR TODOS LOS FUNDAMENTOS ANTERIORMENTE EXPUESTOS ÉSTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Con fundamento a lo establecido en los artículos 197, 198, 199, 326, 328, 330 y 331 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se Admite parcialmente la Acusación interpuesta en contra del ciudadano JOSE GEOVANNY HERNANDEZ RAMIREZ, natural de Valera, Venezolano, tengo 29 años de edad, nací 14/01/78, titular de la cédula de identidad N° 17.579.317, hijo de Víctor Hernández y Leopoldina Ramírez, residenciado en el sector Bancada de Limones, entrada caño blanco, en la calle Principal a 200 metros queda una cantina y el negocio de víveres de la Sra. Teresa, Parroquia El Moralito, Municipio Colón del Estado Zulia, por la comisión del delito de: ABUSO SEXUAL DE ADOLESCENTES, previsto y sancionado en el artículo 260, en relación co.....