ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra PERSONAS DESCONOCIDAS, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 1 del Código Penal, vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de la EMPRESA CADELA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal . Regístrese y Notifíquese.-
LA JUEZ TERCERO DE CONTROL (S),
ABG. ABG. GISELA LOPEZ ATENCIO
LA SECRETARIA,
ABG. WENDY MARINA HERNÁNDEZ CARLY
En la misma fecha se registró la presente decisión bajo el N° 0266-2009, se compulsó copia de archivo y se libra Boleta de Notificación bajo oficio N° 0405-2009-
LA SECRETARIA,
ABG. WENDY MARINA .....