Por todo lo antes expuestos de hecho y de derecho este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, DECLARA CON LUGAR, Excepción opuesta de conformidad con el artículo 28 numeral 5 del Código Orgánico Procesal Penal, por el ciudadano JOSE ALOIS DURNBERGER CONTRERAS, Venezolano, mayor de edad, Soltero, Médico Veterinario, titula de la cédula de Identidad N° 3.925.511, residenciado en la avenida 9, antes calle Federación, Antigua Clínica Santa Bárbara, Casa N° 2-87, frente al Local Comercial Hortalizas Bailadores en la Ciudad de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, Asistido por su abogado defensor CESAR AGUSTO LOPEZ ZAMBRANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 9.391.270, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N° bajo el N° 79.227, y domiciliado en la .....