Por todos los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Primera Instancia, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECRETA:
PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano MAIQUER JOSE SOTO CORREA, de nacionalidad venezolana, natural de Santa María, Municipio Sucre del Estado Mérida, fecha de nacimiento 18-10-1981, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-15.590.253, hijo de Juana Correa y de Nilson Soto, residenciado en el caserío Santa María, calle principal, casa N° 24,-972, a 25 metros de la Cruz, sector Boburito, Parroquia Monseñor Celestino Álvares del Municipio Sucre, Estado Zulia, teléfono 0275-2694866, por cuanto llena los extremos del artículo 93 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una V.....